jueves, diciembre 20, 2012

También Argentina nos traicionó ante la Haya




¿Se acuerdan ustedes que en pleno conflicto PERÚ-ECUADOR, los CHE-SU MADRES argentinos le vendieron armas a nuestro enemigo siendo un país garante, que para concha en su guerra contra Inglaterra nos pidieron auxilio de rodillas para que le enviemos ayuda armada para que los Ingleses no los aplasten como a las cucarachas que han demostrado ser y no solo se queden con las Malvinas, sino se adueñen hasta de Buenos Aires, y nosotros como buenos cojudos les enviamos ayuda, como fuerzas armadas, pilotos expertos , aviones Mirage, porque allí el único que volaba bien era Charlie García , y a punta de tronchos?



BUENO, ¡¡¡CUANDO ESTÁBAMOS EN PLENO PROCESO EN LA HAYA, LA AGENCIA OFICIAL DE PRENSA DEL GOBIERNO DE LA “CARERRUCA” CRISTINA FERNÁNDEZ EMITIÓ UN COMUNICADO DÁNDOLE LA RAZÓN A CHILE!!!



La verdad es que con esa bestia que tienen como Presidenta no se puede esperar menos, y respecto a la persona que escribió el artículo, si es abogado debe haber estudiado la carrera por correspondencia  y de hecho con muchas lecciones perdidas, y si es periodista, se trata de un ignorante improvisado , como lo es ese engendro del ahora Marques y Premio Nobel de caricatura, Álvaro Vargas Llosa, quien ha demostrado ser más Peruano que la CUECA.



Pero como los peruanos somos unos pelotudos, cuando los Argentinos, tuvieron su segundo “roche” con Inglaterra por las Malvinas, Hicimos un chongazo internacional, al prohibir que un buque Ingles ingrese a un puerto Peruano, para hacer mantenimientos, cuando ya les habíamos dado el permiso, pero los gauchos malparidos, volvieron a ponerse en “veinte uñas” pidiéndonos que no los dejáramos entrar y así lo hizo nuestro pelotudo estado, al cual ellos apuñalan por la espalda cada vez que les da la gana.



Realmente es asquerosa la forma en que el Estado argentino, a través de su Agencia Oficial de Prensa, nos traicionó una vez más.



Y así sostenemos relaciones diplomáticas con este malagradecido país. ¿Quién les dio vela en el entierro?



Aquí les dejo el comunicado Gaucho en cuestión:



Miércoles, 12 de diciembre de 2012

Alegatos en La Haya: Chile y Perú en la fragilidad del Derecho Internacional

Juan Francisco Coloane (especial para ARGENPRESS.info)


La tesis peruana de alterar un tratado de delimitación marítima con Chile, remece las bases mismas de sustentación de convenios acordados 50 y más años atrás, revelando también problemas de Estado más profundos. El ejercicio es simple: los instrumentos jurídicos fueron elaborados bajo claves de desarrollo económico, protección territorial e ideas de integración, diametralmente diferentes a las que se introducen hoy. Dejaban espacio para el diálogo y el cambio. En algunos casos los tratados por deficiencias en el procedimiento, abren la posibilidad de la acción unilateral, pero también una negociación bilateral.


Existe una situación dual: hay vulnerabilidad en los tratados por los cambios de contextos, pero también hay recursos jurídicos para estabilizarlos cuando corren el riesgo de ser objetados unilateralmente. La posición de Chile ante la eventualidad de una alteración significativa de los límites marítimos y territoriales está respaldada por los instrumentos jurídicos internacionales existentes.

Los tratados responden a políticas de Estado, respaldadas y comprometidas por los poderes del Estado, y con el aval constitucional correspondiente. De no existir consistencia normativa en cada país, los tratados pueden ser objeto de actos unilaterales. Los tratados son la fuente de los derechos y las obligaciones internacionales y la historia de las relaciones internacionales se ha construido, en buena medida, como una historia de los acuerdos internacionales.

A pesar de estar cautelados por la Convención de Viena y ser concebidos dentro de un sistema complejo normativo, ofrecen espacio para la contravención o anulación. En todo caso, los tratados surgen y operan sobre la base filosófica de estados bien constituidos, con solidez institucionalidad y legitimidad política interna. El registro demuestra la vulnerabilidad de la adhesión a los tratados internacionales o bilaterales, cuando los estados presentan problemas que afectan su solidez y legitimidad.

Más allá del resultado de los alegatos y el veredicto, el argumento central del diferendo de Chile y Perú está basado en una razón política que es más bien una decisión peruana.

Ambas naciones han estado más de medio siglo funcionando armónicamente como dos vecinos con un tratado (1954), que de pronto por la razón política de un país se debe discutir en una corte internacional. En el fondo la revisión de límites nunca fue aceptado por Chile porque representaba la posibilidad de un sacrificio de soberanía territorial ya pactada. Sin embargo en política internacional y en la cuestión territorial en cualquier zona del planeta, las “soberanías pactadas” no tienen una acogida ajustada a derecho, porque el derecho internacional es una suerte de ley o conjunto de normas y convenciones que existen por las buenas intenciones de los países en respetarlas. No hay concepto de derecho internacional para ejercer una coerción sobre la nación que rompe un tratado. Así de simple.


El caso de Siria es un buen ejemplo. Todas las naciones que financian operaciones terroristas para derribar el gobierno Sirio están violando ese derecho internacional que es apenas un manual de moral y buenas costumbres. Nadie, ni hay organismo alguno en planeta que le impida a EEUU, Francia, Israel, Arabia Saudita, Turquía, Israel y la retahíla de naciones que están por derrocar al gobierno Sirio, enviar terroristas a Siria para causar caos y destrucción en una abierta violación al derecho internacional.



Destacados especialistas sostienen que el Derecho Internacional es compuesto de sentimientos y opiniones comunes de los Estados que imponen deberes y no es auténtico Derecho. Agregan, que estos sentimientos y opiniones son respaldados por sanciones éticas. En este sentido, “el Derecho Internacional propiamente tal es una rama de la moral o de la cortesía internacional”. (Brotóns,A.R; et al. 1997. Madrid)

Es así que mientras las constituciones no se ajusten a un nuevo orden mundial que contenga un Derecho Internacional que vaya más allá de la cortesía y la razón moral, los tratados de soberanía y delimitación de fronteras deben ser las criaturas más frágiles que habitan en las convenciones.
Mientras no exista un orden jurídico internacional que absorba y respalde las diferencias de estructura entre la sociedad de los estados y la “sociedad internacional”, el recurso de la coercibilidad (en un estado en particular), se puede convertir con frecuencia en un expediente de violencia.

Cuando un estado en un litigio o frente a una amenaza externa no acata esa norma de la cortesía o a la moral que ampara al derecho internacional, podría resultar en la aplicación de su derecho coercitivo que, generalmente deriva en una disputa internacional y que podría terminan en violencia.

Esta condición de un estado que aplica su derecho a la coercibilidad, existe en estado latente, y a menudo actúa o influye poderosamente en las decisiones. Por lo general, el factor de coercibilidad se expresa con más frecuencia cuando existe una marcada disparidad de poderío entre los estados litigantes. No es el caso de Perú y Chile, sin embargo es un factor para tomar en cuenta. 

El Derecho cada vez más debería incorporar consideraciones sociológicas en su instrumental. La jurisprudencia también debería incorporar consideraciones sociológicas para que dejen de funcionar como un artefacto de la Edad Media. Esto permitiría al menos reducir la observancia espontánea de la coercibilidad por parte de un estado en particular, y aumentaría las posibilidades de construir un verdadero derecho internacional desprovisto del Derecho positivo como un orden de subordinación concibiendo la coercibilidad como algo inmanente.


Desde esta perspectiva, Perú está en su “derecho” en elevar su demanda por una nueva situación de soberanía entre las dos naciones. Es así que la postura chilena ha sido extremadamente cautelosa y apegada a ese derecho internacional naciente y frágil con sus convenciones. No obstante, ambas naciones fallaron en algo elemental: no negociaron desde la perspectiva de la fragilidad de ese derecho internacional, sino que actuaron con la cerrazón del Derecho positivo, la coercibilidad y su localización en el estado.



Desde las autoridades chilenas el predicamento diplomático fue siempre Perú “no debería llevar el diferendo a La Haya. En Perú, las autoridades planteaban el “sí se podía”. Es la vieja disputa entre la razón política y la normativa y cuando se cruzan intereses de otro orden –por ejemplo la explotación transnacional del mar – las bases jurídicas se ve ven remecidas y hay que arbitrar.
Si el estado de derecho en las naciones es pisoteado con frecuencia, hasta en la más pintada democracia como es EEUU – ver Guantánamo-, si el derecho internacional es también violado- ver caso Irak 2003 y Siria-, la jurisprudencia actual sentada en La Haya debería actuar con máximo sigilo y no encausar un proceso de alteración de las frágiles relaciones en una región, América Latina, muy propensa al intervencionismo extranjero de todo tipo.